Si usted está pensando en diseñar y construir su propia vivienda en España, sería interesante que conociese los diferentes agentes intervinientes en dicho proceso. Desde el equipo de Dianthus Villas hemos preparado un resumen de las tareas y responsabilidades de todos y cada uno de ellos. En realidad, hay más agentes que intervienen en el proceso de construcción de una vivienda, pero con los que usted deberá lidiar será mayoritariamente:

  • Promotor (Este sería el rol que usted tendría en el proyecto)
  • Arquitecto/a (Proyectista y/o Director de Obra)
  • Ingeniero de Edificación (Director de ejecución y/o Coordinador de Seguridad y Salud)
  • Constructor

Dependiendo de la envergadura y complejidad de la obra serán necesarios más o menos profesionales, pero en la mayoría de las obras de viviendas unifamiliares estos serán los integrantes de la dirección facultativa.

A continuación, pasamos a definir cada una de ellas:

El Promotor:

“Cualquier persona, física o jurídica, pública o privada, que, individual o colectivamente, decide, impulsa, programa y financia, con recursos propios o ajenos, las obras de edificación para sí o para su posterior enajenación, entrega o cesión a terceros bajo cualquier título.”

Básicamente, a modo de resumen, el promotor es quien pone en marcha el proyecto. Es importante que, si usted no posee los conocimientos necesarios para ello, delegue en un buen profesional.

El promotor debe:

  1. Tener el derecho de construir en dicho terreno.
  2. Proveer la debida información y documentación para la redacción del proyecto y autorizar al director de la obra a posteriores modificaciones.
  3. Gestionar y obtener licencias y autorizaciones administrativas, además de suscribir el acta de recepción de la obra.
  4. Suscribir los seguros pertinentes.

El Proyectista.

“Tarea desempeñada por el/la Arquitecto/a, por encargo del promotor, redacta el proyecto ciñéndose a las especificaciones del cliente y con sujeción a la normativa técnica y urbanística correspondiente.”

El Proyectista debe:

  1. Estar en posesión de la titulación académica y profesional habilitante de arquitecto. Aplicable para nueva construcción y para ampliación, modificación, reforma o rehabilitación que alteren la configuración arquitectónica de los edificios.
  2. Redactar el proyecto con sujeción a la normativa vigente y a lo que se haya establecido en el contrato y entregarlo, con los visados que en su caso fueran preceptivos.

El director de obra

“Dirige el desarrollo de la obra en los aspectos técnicos, estéticos, urbanísticos y medioambientales, de conformidad con el proyecto que la define, la licencia de edificación y demás autorizaciones preceptivas y las condiciones del contrato, con el objeto de asegurar su adecuación al fin propuesto.”

El director de obra debe:

  1. Estar en posesión de la titulación académica y profesional habilitante de arquitecto. Aplicable para nueva construcción y para ampliación, modificación, reforma o rehabilitación que alteren la configuración arquitectónica de los edificios.
  2. Verificar que la cimentación y la estructura proyectadas son replanteadas en base a las características geotécnicas del terreno.
  3. Resolver las incidencias en la obra para asegurar la correcta interpretación de la obra.
  4. Elaborar las correspondientes modificaciones necesarias por la marcha de la obra.
  5. Suscribir el acta de replanteo o de comienzo de obra, certificaciones parciales, liquidación final de las unidades de obra ejecutada y el certificado final de obra.
    1. Certificaciones parciales y la liquidación final – Un ejemplo sería la estructura, cuando de van terminando fases como la primera planta, segunda etc. Se certifica una a una y cuando se termina se hace la liquidación final. Así se haría con todas las tareas del proceso de construcción. Obviamente, esto depende de la envergadura de la tarea a realizar.
  6. Elaborar y suscribir la documentación de la obra ejecutada para entregarla al promotor, incluyendo visados.

El director de la ejecución de la obra

“Asume la función técnica de dirigir la ejecución material de la obra y de controlar cualitativa y cuantitativamente la construcción y la calidad de lo edificado.”

El director de la ejecución de la obra debe:

  1. Estar en posesión de la titulación académica y profesional habilitante y cumplir las condiciones exigibles para el ejercicio de la profesión. En este caso podría ser arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico.
  2. Verificar la recepción en obra de los productos de construcción, ordenando la realización de ensayos y pruebas precisas.
  3. Dirigir la ejecución material de la obra comprobando los replanteos, los materiales, la correcta ejecución y disposición de los elementos constructivos y de las instalaciones, de acuerdo con el proyecto y con las instrucciones del director de obra.
  4. Consignar en el Libro de Ordenes y Asistencias las instrucciones precisas.
  5. Suscribir el acta de replanteo o de comienzo de obra y el certificado final de obra, así como elaborar y suscribir las certificaciones parciales y la liquidación final de las unidades de obra ejecutadas.
  6. Aportar la correspondiente documentación del control realizado a la obra ejecutada.

El Constructor

“Asume, contractualmente ante el promotor, el compromiso de ejecutar con medios humanos y materiales, propios o ajenos, las obras o parte de las mismas con sujeción al proyecto y al contrato”

El constructor Debe:

  1. Ejecutar la obra con sujeción al proyecto, a la legislación aplicable y a las instrucciones del director de obra y del director de la ejecución de la obra, a fin de alcanzar la calidad exigida en el proyecto.
  2. Tener la titulación o capacitación profesional que habilita para el cumplimiento de las condiciones exigibles para actuar como constructor.
  3. Designar al jefe de obra que asumirá la representación técnica del constructor en la obra y que por su titulación o experiencia deberá tener la capacitación adecuada de acuerdo con las características y la complejidad de la obra.
  4. Asignar a la obra los medios humanos y materiales que su importancia requiera.
  5. Formalizar las subcontrataciones de determinadas partes o instalaciones de la obra dentro de los límites establecidos en el contrato.
  6. Firmar el acta de replanteo o de comienzo y el acta de recepción de la obra.
  7. Facilitar al director de obra los datos necesarios para la elaboración de la documentación de la obra ejecutada.

Otros agentes intervinientes

Entidades de control de calidad – Capacitadas para prestar asistencia técnica en la verificación de la calidad del proyecto, de los materiales y de la ejecución de la obra y sus instalaciones de acuerdo con el proyecto y la normativa aplicable.

Laboratorios de ensayos – Capacitados para prestar asistencia técnica, mediante la realización de ensayos o pruebas de servicio de los materiales, sistemas o instalaciones de una obra de edificación.

Suministradores de productos – Fabricantes, almacenistas, importadores o vendedores de productos de construcción. Se entiende por producto de construcción aquel que se fabrica para su incorporación permanente en una obra incluyendo materiales, elementos semielaborados, componentes y obras o parte de las mismas, tanto terminadas como en proceso de ejecución.


En el equipo de Dianthus Villas contamos con la formación y experiencia para asesorarle en el proceso de construcción de su vivienda, así como de desarrollar las funciones anteriormente explicadas.

Por favor, si tiene alguna duda y cree que podemos ayudarle, estaremos encantados de escuchar su idea de vivienda y asesorarle. Contacte con nosotros en info@dianthusvillas.com

Muchas gracias,

Equipo Dianthus Villas

Aún no hay comentarios, ¡añada su voz abajo!


Añadir un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *